Cuba: Crisis migratoria y prácticas represivas en el contexto de la movilidad humana

Cuba ES

Washington D.C., 27 de octubre de 2022 – La grave crisis económica, el desabastecimiento de alimentos, las limitaciones en el acceso a medicamentos y las fuertes restricciones para el ejercicio de los derechos humanos, han generado que un número creciente de cubanos y cubanas decidan abandonar la Isla. Esta situación se ha intensificado a partir […]

Washington D.C., 27 de octubre de 2022 – La grave crisis económica, el desabastecimiento de alimentos, las limitaciones en el acceso a medicamentos y las fuertes restricciones para el ejercicio de los derechos humanos, han generado que un número creciente de cubanos y cubanas decidan abandonar la Isla. Esta situación se ha intensificado a partir de las protestas pacíficas que se registraron en julio de 2021, también conocidas como 11J, que causaron un aumento en los casos de hostigamiento y represión a las personas que expresan su descontento con la realidad política, social y económica en el país.

Durante el último año, se ha alertado que el número de personas que han salido de Cuba ya alcanza cifras récord. Entre noviembre de y septiembre de 2022, cerca de 180 mil cubanos entraron a Estados Unidos de forma ilegal por la frontera mexicana, de acuerdo con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU.[1]

Debido a las restricciones que la mayoría de los países de la región imponen para el tránsito y estadía de las personas cubanas en dichos territorios, la migración se desarrolla principalmente de manera irregular, impactando en diversas fronteras y países de la región, donde además las personas se exponen a múltiples riesgos.

Limitaciones al derecho a la libre circulación

El artículo 52 de la Constitución Nacional de Cuba reconoce que las personas tienen derecho a “entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley”[2]. A pesar de esto, la Ley de Migraciones impone amplias limitaciones al ejercicio de estos derechos por razones de defensa, seguridad nacional e interés público.[3] El Gobierno aplica de manera arbitraria estas disposiciones para impedir la libre circulación de aquellas personas que manifiestan una opinión política contraria, y esto constituye una clara violación al artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos[4].

Desde Raza e Igualdad se han identificado tres estrategias implementadas por el Gobierno de Cuba para limitar el derecho a la libre movilidad de las personas en la Isla, especialmente de aquellas que cuestionan sus políticas y manifiestan su descontento con la situación del país.

La práctica de la regulación. Los grupos de personas más vulnerables a esta medida son los activistas, periodistas, líderes religiosos, abogados y artistas independientes[5]. Para justificar estos casos, el gobierno utiliza arbitrariamente las disposiciones contenidas en el artículo 25 de la Ley de Migraciones, que establece, entre otros supuestos, que no podrán salir del territorio nacional aquellas personas sobre las que pesen razones de defensa o seguridad nacional u otras razones de interés público[6]. La aplicación general de estos supuestos legales representa una serie de actos arbitrarios de limitación a la libertad de circulación y constituye discriminación debido a la opinión política de las personas.

Generalmente, las personas reguladas no reciben notificación oficial ni fundamentos de la medida, sino que se enteran de ello al intentar realizar un viaje o al consultar sobre su situación. Como consecuencia de ello, y en el contexto general de falta de independencia del Poder Judicial, las personas no cuentan con vías idóneas para reclamar. Entre enero de 2019 y marzo de 2020, se registraron 245 casos de residentes en Cuba que fueron regulados, de acuerdo con datos suministrados desde la sociedad civil.[7]

El exilio forzado. El gobierno continúa utilizando esta práctica para prevenir las actividades de denuncia de activistas, personas defensoras de derechos humanos, artistas, periodistas independientes y otros grupos que expresan su oposición a las políticas oficiales. De esta manera, el gobierno busca silenciar aquellas voces de la disidencia que adquieren mayor visibilidad. Además de las condiciones socioeconómicas que expulsan a miles de cubanos y cubanas del país, existe un hostigamiento sistemático y permanente contra las personas que son forzadas a salir de la Isla en condiciones sumamente precarias. Existen numerosos casos que ejemplifican este fenómeno y demuestran el modo en que artistas y activistas, entre otros, son perseguidos/as y presionados/as para abandonar Cuba bajo amenazas de diversa índole dirigidas contra ellos/as o contra sus familiares, amigos o colegas. La mayoría son presionadas por el gobierno a decidir entre la cárcel o el exilio[8].

La denegación de retorno a nacionales. A través de distintas compañías privadas de líneas áreas, el gobierno de Cuba ha implementado esta medida para denegar el ingreso al territorio nacional a personas de nacionalidad cubana que se encuentran en el exterior y que cuentan con la residencia y documentos de viaje necesarios para volver a su país. La práctica es abiertamente violatoria de los derechos a la nacionalidad, la libre circulación y la elección de la residencia. Además, expone a estas personas a continuar involuntariamente en determinados países donde su permanencia generalmente los lleva a un estatus migratorio irregular y a situaciones de separación familiar[9].

Si bien en los casos que han tomado alcance público, el gobierno no ha emitido un comunicado oficial indicando los fundamentos de la denegación de entrada, se entiende que podría tratarse del caso de otra aplicación arbitraria de las disposiciones de la Ley de Migraciones, cuyo artículo 24 dispone, entre otros supuestos, que no se admitirá en territorio nacional a quienes organicen, estimulen, realicen o participen en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano[10]. La falta de definiciones y la ambigüedad en la redacción del mencionado artículo coloca a la población cubana en un estado de inseguridad jurídica puesto que no se describe en qué supuestos específicos, las autoridades cubanas pueden considerar que una persona ha intervenido en acciones hostiles contra el Estado cubano, y denegar la entrada al territorio de las personas que han expresado su oposición política al gobierno.

Desde Raza e Igualdad denunciamos estas prácticas represivas que buscan silenciar a cualquier persona de la Isla que esté en desacuerdo con las políticas del Estado, pues tales estrategias configuran violaciones a sus derechos humanos. Reiteramos nuestro llamado a que el gobierno cubano garantice los derechos fundamentales de todos y cada uno de sus habitantes sin discriminación de ningún tipo, incluida la libre movilidad que les permita circular sin restricciones fuera y dentro de la Isla.

 

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[1] El País. Cuba vive el mayor éxodo migratorio de su historia. 12 de septiembre de 2022, disponible en https://elpais.com/internacional/2022-09-12/cuba-vive-el-mayor-exodo-migratorio-de-su-historia.html

[2] Constitución de la República de Cuba, 2019, disponible en http://media.cubadebate.cu/wp-content/uploads/2019/01/Constitucion-Cuba-2019.pdf

[3] Ley 1312 de Migraciones. Ver artículos 23, 24 y 25, disponible en http://juriscuba.com/wp-content/uploads/2015/10/Ley-No.1312-De-Migracion.pdf

[4] Ver artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la interpretación sobre los alcances de este derecho emitida por el Comité de Derechos Humanos en su Observación General No.27 sobre la libertad de circulación, disponible en https://conf-dts1.unog.ch/1%20SPA/Tradutek/Derechos_hum_Base/CCPR/00_2_obs_grales_Cte%20DerHum%20%5BCCPR%5D.html#GEN27

[5] Diario de Cuba. Regulados en Cuba, prisión a cielo abierto. 1 de abril de 2020, disponible en https://diariodecuba.com/derechos-humanos/1585750314_15169.html

[6] Ver artículo 23, apartados d) y h) de la Ley 1312 de Migraciones.

[7] Ver base de datos en  https://www.connectas.org/regulados-en-cuba-prision-a-cielo-abierto/

[8] Ver los casos de los artistas Hamlet Lavastida, Katherine Bisquet y Tania Bruguera en ARTNews. Artist Hamlet Lavastida Released after Three Months of Imprisonment in Cuba, 27 de septiembre de 2021, disponible en https://www.artnews.com/art- news/news/hamlet-lavastida-released-detainment-cuba-1234604936/, DW. Cuba excarcela e impone exilio a artista disidente Hamlet Lavastida, 26 de septiembre de 2021, disponible en https://www.dw.com/es/cuba-excarcela-e-impone-exilio-a-artista- disidente-hamlet-lavastida/a-59321008 y Televisión Martí. Tania Bruguera condicionó su salida de Cuba a la libertad de encarcelados antes y después del 11J, 5 de octubre de 2021, disponible en https://www.dw.com/es/cuba-excarcela-e-impone- exilio-a-artista-disidente-hamlet-lavastida/a-59321008

[9] Ver los casos de las activistas Anamely Ramos González y Omara Ruiz Urquiola, quienes no pudieron abordar sus vuelos de regreso a Cuba. Ver Diario de Cuba. El régimen de Cuba vuelve a impedir a Anamely Ramos volar de EEUU a la Isla. 27 de febrero de 2022, disponible en https://diariodecuba.com/derechos-humanos/1645980283_37763.html y 14ymedio. El régimen cubano impide la entrada al país de la activista Omara Ruiz Uriquiola. 25 de junio de 2022, disponible en https://www.14ymedio.com/cuba/regimen-impide-entrada-Cuba-activista-Omara-Ruiz-Urquiola_0_3338066162.html.

[10] Ver Ley 1312 de Migraciones, artículo 24, apartado c).

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