Régimen de Nicaragua se ensaña contra personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos, según informe de Raza e Igualdad

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El Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) elaboró el documento orientativo para políticas públicas y normas (policy paper, en inglés) “Violaciones a los derechos humanos de […]

El Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) elaboró el documento orientativo para políticas públicas y normas (policy paper, en inglés) “Violaciones a los derechos humanos de las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos en Nicaragua” con el objetivo de analizar la situación de las personas que fueron privadas de libertad a partir de mayo de 2021 y las estrategias de las que se ha valido el Estado nicaragüense para criminalizarlas. Asimismo, este informe presenta una propuesta de pautas para determinar en qué casos concurre una situación de privación arbitraria de libertad por motivos políticos, y un breve panorama del abordaje y rol de los órganos internacionales de derechos humanos para contribuir a la protección reforzada que requieren las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos. 

Desde el año 2018, el régimen autoritario de Ortega y Murillo ha recurrido de manera sistemática y generalizada a la detención y privación arbitraria de libertad por motivos políticos. En el último trimestre del año 2020, sofisticó sus mecanismos con la aprobación de una serie de leyes para restringir el espacio cívico y la capacidad de incidencia de las organizaciones no gubernamentales (ONG); sin embargo, según la información recabada, fue hasta mayo de 2021 que, en el contexto pre-electoral, el régimen inició una nueva oleada represiva caracterizada por las detenciones arbitrarias de las personas que se proyectaban como posibles candidatas de oposición a la presidencia de la República y el uso de estas leyes para criminalizarlas. 

Posteriormente, esta ola de detenciones se extendió a otros sectores de la población tales como: periodistas, representantes del sector privado, personas defensoras de derechos humanos, líderes campesinos y dirigentes políticos; y así, en febrero de 2023 más de 235 personas se encontraban privadas de libertad por motivos políticos en centros de detención de Nicaragua, en condiciones que constituyen malos tratos, tortura y crímenes de lesa humanidad. De este total, al menos 30 son mujeres que sufrieron vulneraciones e impactos diferenciados por motivos de género, entre los cuales destacan: aislamiento prolongado en celdas totalmente selladas, negación de acceso a visitas y cartas de sus hijos e hijas, entre otros.  

El día 9 de febrero de 2023, 222 de las personas que se encontraban privadas de libertad, fueron excarceladas y puestas en la disyuntiva de escoger entre la prisión y el exilio a Estados Unidos; pero las violaciones a sus derechos humanos no finalizaron, pues seguidamente estas personas fueron privadas de su nacionalidad nicaragüense y derechos ciudadanos de forma perpetua, y las detenciones arbitrarias no han cesado. 

Para Raza e Igualdad es de especial importancia que todas estas personas sean reconocidas como personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos, ya que han sido criminalizadas bajo leyes vagas e imprecisas que imposibilitan identificar una base legal que justifique la privación de libertad; por el ejercicio de derechos o libertades proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; por razones de discriminación basadas en opiniones políticas; y/o con  la inobservancia, total o parcial, de las normas internacionales relativas al derecho a un juicio imparcial que es de una gravedad tal que confiere a la privación de libertad carácter arbitrario. Estas son las 4 categorías aplicables de las 5 categorías que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas (GTDA) utiliza como método para encuadrar la arbitrariedad de las detenciones en los países miembros de Naciones Unidas, confirmando en Nicaragua la existencia de este patrón.

También resulta preocupante que existe un profundo nivel de ensañamiento por parte del régimen contra las y los presos políticos. El Presidente Ortega les ha insultado y descalificado públicamente en reiteradas oportunidades; se les mantuvo en una situación de desaparición forzada temporal durante un largo periodo de tiempo; y las condiciones de privación de libertad fueron y continúan siendo mucho más severas que las de los reos comunes.

Raza e Igualdad encontró que los delitos más frecuentemente imputados en la etapa de mayo de 2021 a febrero de 2023 son traición a la patria, conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias falsas. 

Finalmente, Raza e Igualdad concluye que el régimen de Nicaragua ha incurrido en violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos que constituyen crímenes de lesa humanidad contra un sector específico de la población civil. Estos crímenes permanecen en la más absoluta impunidad y por tanto urge establecer mecanismos para investigar, juzgar y sancionar a todas las personas responsables.

 

RECOMENDACIONES

En atención a lo expuesto anteriormente, en este documento orientador para políticas públicas y normas, Raza e Igualdad formuló una serie de recomendaciones clave para el Estado de Nicaragua, los mecanismos de protección de los derechos humanos y los Estados. Estas recomendaciones tienen el propósito de orientar acciones de litigio estratégico en favor de la liberación de las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos, así como para promover la adopción de medidas de reparación y no repetición, y de  incidencia a favor del reconocimiento de la situación de vulnerabilidad de estas. 

Al Estado de Nicaragua, que tiene obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, recomendamos:

  • Abandonar el patrón de las detenciones arbitrarias.
  • Liberar inmediatamente a las más de 64 personas que continúan privadas de libertad (cifra actualizada al 19 de junio,  según el Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas)
  • Investigar a las personas responsables de las violaciones de derechos humanos hacia las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos.
  • Implementar las recomendaciones resultantes de la revisión del estado de cumplimiento de las obligaciones del Comité contra la Tortura, del Comité de Derechos Humanos, del Examen Periódico Universal practicado por Nicaragua en 2019 y del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y otros Procedimientos Especiales de Naciones Unidas.
  • Tomar todas las medidas a su alcance para erradicar la prisión arbitraria por motivos políticos y adoptar las garantías indispensables para evitar que tales hechos se repitan.
  • Cerrar las causas legales contra las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos, procediendo a cancelar los antecedentes penales. 
  • Garantizar justicia y reparación para las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos, reconociendo públicamente que las personas privadas de libertad por motivos políticos sufrieron injusta prisión por ejercer su libertad de expresión y derechos humanos universalmente reconocidos.
  • Derogar la Ley Especial que Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense y la iniciativa de Ley de reforma del art. 21 de la Constitución Política de Nicaragua aprobada en primera legislatura, que dispone que los traidores a la patria pierden la calidad de nacional nicaragüense. 

A los mecanismos de protección de los derechos humanos, que vigilan y cooperan con el cumplimiento de las obligaciones y compromisos aceptados por los Estados derivados de tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, recomendamos:

  • Continuar exigiendo la liberación inmediata de las más de 64 personas que aún permanecen arbitrariamente privadas de libertad (cifra actualizada al 19 de junio,  según el Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas)
  • Continuar demandando al Estado de Nicaragua el cese de las detenciones arbitrarias por motivos políticos.
  • Reconocer como actos de tortura los tratos que las personas arbitrariamente privadas de libertad por motivos políticos recibieron (y algunas continúan recibiendo) mientras permanecieron bajo custodia estatal.
  • Reconocer como crímenes de lesa humanidad los hechos descritos en el presente informe, en particular, la detención arbitraria por motivos políticos, la desaparición forza- da temporal, los actos de tortura y los desplazamientos forzados a los que fueron sometidas las y los presos políticos por parte del Estado de Nicaragua.
  • Avanzar con celeridad en los casos y peticiones individuales que se hayan presentado ante los distintos órganos, con el fin de establecer la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua y avanzar en la reparación integral de las víctimas, incluyendo el establecimiento de garantías de no repetición.

A los Estados, en virtud de la garantía colectiva de los derechos humanos, les recomendamos:

  • Generar estrategias para exigir a Nicaragua el cumplimiento con sus obligaciones internacionales.
  • Desarrollar mecanismos para proteger a las y los presos políticos desterrados de Nicaragua, incluyendo el otorgamiento de la nacionalidad en aquellos casos en los que se esté en situación de apatridia.

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