Visibilidad Trans: acceder a la salud es un derecho humano, no un privilegio

En el Día Internacional de la Visibilidad Trans, Raza e igualdad enfatiza sobre la obligación de los Estados de asegurar el acceso a la salud para todas las personas sin discriminación.

Washington D.C., 31 de marzo de 2024.- En el Día Internacional de la Visibilidad Trans, el Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) reconoce que las personas trans, trans no binaries y personas de género diverso siguen enfrentando fuertes barreras institucionales, sociales y económicas para ejercer su derecho a la salud, aún más personas racializadas, empobrecidas, migrantes o que ejercen trabajo sexual.

De acuerdo al informe temático sobre personas trans y de género diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA), la falta de reconocimiento legal y social de la identidad de género de las personas trans, trans no binaries y personas de género diverso genera diversas vulneraciones de sus derechos humanos, muchas veces exponiéndolas a situaciones de riesgo.

Aún en los países de Latinoamérica que gozan de una legislación de reconocimiento de la identidad de género, la falta de implementación integral, inversión, sensibilización y capacitación de las autoridades y funcionarios de la salud siguen produciendo situaciones de discriminación y violencia. En Brasil, por ejemplo, “tenemos la Política Nacional Integral de Salud LGBTQIA+ que es un documento fundamental y tenemos el Proceso de Transexualización que es muy necesario para las demandas específicas de las personas trans. Sin embargo, es crucial que el gobierno asigne más inversiones para que el servicio llegue realmente a todas las personas que lo necesitan”, señala Yara Cavalcante, de ANTRA.

Algunos de los perjuicios contra el derecho a la salud de las personas trans, trans no binaries y de género diverso tiene que ver con la imposibilidad de acceder a servicios de salud debido su identidad de género y la exposición a métodos de modificación corporal inseguros, sin supervisión médica y hasta clandestinos (procesos hormonales, intervenciones quirúrgicas). “En el Perú, las personas transmasculinas no tenemos acceso a servicios especializados como terapia hormonal, seguimiento del tratamiento o cirugías de afirmación de género; y muchos deben optar por buscar alternativas en el sector privado que resulta costoso y no es accesible para todos, por lo que varios terminan en la automedicación con medicamentos no adecuados y poniendo en riesgo su salud”, narra Bruno Montenegro, hombre trans, fundador de Fraternidad Trans Masculina Perú.

Asimismo, el desconocimiento de trabajadores de salud sobre las necesidades específicas de salud de las personas trans, los maltratos y la patologización en servicios de salud vinculados a prejuicios y estigmas —también relacionados a los casos de VIH— generan ansiedad, miedo y desmotivación para volver al centro de salud. Por otro lado, el personal médico que no está capacitado ni sensibilizado para atender las necesidades de las personas trans puede llevar a un mal diagnóstico y tratamiento. En el peor de los casos, puede incurrir en negligencias, muchas veces cometiendo tortura, como sucede con las mal llamadas “terapias de conversión” en centros de salud mental, así lo señalan los testimonios en el Informe Cuerpos y resistencias que transgreden la pandemia: transmasculinidades y personas de género no binario AMAN en el Perú (2020).

Otro de los factores que perjudican el acceso de personas trans a servicios de salud es la falta de recursos. En países como Cuba, por ejemplo, la escasez de productos de modificación corporal es uno de los problemas que enfrentan.  “La testosterona a veces escasea. A veces pasamos un mes o hasta cinco meses sin el tratamiento”, enfatiza Carlos Hernández, hombre trans cubano que coordina el proyecto social e independiente Por Siempre Trans.  

A todo ello, que tiene origen en el modelo hegemónico cisgénero, se le suma que ningún avance médico importante ha considerado a las personas trans como población objetiva y específica. Como señala Mateo Rodrigo de Hombres Trans Diversos de Bolivia, “los tratamientos hormonales y otros procedimientos médicos a los que accedemos las personas trans no son originalmente creados para personas trans. Tampoco existe producción académica suficiente que estudie la repercusión a largo plazo de estos tratamientos en la salud de vejeces trans”.

Ante estas situaciones de vulneración y las preocupaciones de las contrapartes trans alrededor del derecho a la salud, nace Mi Salud Transmasculina Importa, un proyecto de alcance regional gestionado por Fraternidad Trans Masculina de Perú, Fraternidad Trans Masculina de Ecuador, Rosa Rabiosa de Perú, Hombres Trans Diversos de Bolivia y el Instituto Brasilero de Transmasculinidades – IBRAT de Brasil, con el apoyo de Raza e Igualdad. Este espacio tiene como objetivo aportar al bienestar integral de la población transmasculina de América Latina a través de la información y comunicación.

Por todo lo anterior, Raza e igualdad recuerda que los Estados tienen la obligación de asegurar el acceso a la salud para todas las personas sin discriminación. En ese sentido, resalta las siguientes recomendaciones sobre el derecho al acceso a la salud de personas trans, trans no binaries y de género diverso, las cuales fueron expuestas por la CIDH en el  Informe sobre Personas Trans y de Género Diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (2020):

  • Promover la capacitación del personal médico sobre las necesidades de las personas trans.
  • Combatir los prejuicios y estereotipos binarios masculino y femenino en el acceso a los servicios de salud.
  • Instaurar directivas o protocolos de atención a pacientes trans.
  • Garantizar protocolos de salud para los tratamientos de afirmación de la identidad de género, incluyendo atención psicológica, endocrinológica, y quirúrgica.
  • Los tratamientos de afirmación de la identidad de género deben ser con base en el consentimiento libre, previo e informado avanzar hacia la gratuidad.
  • Prohibir y sancionar las actividades que ofrecen “terapias” para “modificar”, “re-orientar” o “curar” la identidad de género de las personas.

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