Elecciones 2021 del CERD: necesidad de una mayor diversidad geográfica y competitividad en el futuro

Ginebra, Suiza. 24 de junio de 2021.– Hoy, los 182 Estados Partes de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) fueron invitados a votar para nombrar a la mitad de los miembros del Comité de la ONU (CERD) que funciona como guardián de esa Convención. Los Estados eligieron […]

Ginebra, Suiza. 24 de junio de 2021.– Hoy, los 182 Estados Partes de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) fueron invitados a votar para nombrar a la mitad de los miembros del Comité de la ONU (CERD) que funciona como guardián de esa Convención. Los Estados eligieron a 4 nuevos expertos y reeligieron a 5 miembros que ya formaban parte del Comité, entre un grupo de 11 candidatos.

Los nuevos miembros incluyen al Sr. Michał Balcerzak (Polonia), la Sra. Régine Esseneme (Camerún), la Sra. Gay McDougall (Estados Unidos) y la Sra. Mazalo Tebie (Togo).

Se unirán a 5 expertos, cuyos mandatos como miembros del CERD estaban llegando a su fin, y que han sido reelegidos por otro período de cuatro años: el Sr. Nourredine Amir (Argelia), la Sra. Chinsung Chung (República de Corea), el Sr. Bakari Sidiki Diaby (Côte d’Ivoire), el Sr. Gün Kut (Turquía), el Sr. Yeung Kam John Yeung Sik Yuen (Mauricio), así como los otros nueve miembros del Comité, cuyo mandato expirará en 2024[1].

Minority Rights Group International (MRG), el Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) y el Movimiento Internacional contra Todas las Formas de Discriminación y Racismo (IMADR), felicitan a los miembros recién elegidos del CERD y a los que fueron reelectos.

Tras el hito histórico alcanzado en las últimas elecciones[2], nuestras organizaciones acogen con satisfacción la continuación de la paridad de género en el Comité tras la elección de hoy. De hecho, con la elección/reelección de 4 mujeres, la mitad de los puestos del Comité estarán ocupados por mujeres a partir del próximo año. Afirmamos que la diversidad de género en los miembros del CERD es fundamental para la calidad de su trabajo y su legitimidad. Exhortamos al Comité recién compuesto a que amplíe y fortalezca los esfuerzos del CERD para abordar la interseccionalidad del racismo y la discriminación racial con la discriminación basada en el género, la orientación sexual y la identidad de género, entre otros motivos de formas de discriminación múltiples e interrelacionadas.

Sin embargo, por el contrario, lamentamos que aún no se haya logrado una distribución geográfica equitativa entre los miembros del CERD. Ningún Estado de la región de América Latina y el Caribe nominó candidatos para las elecciones de este año, lo que la convertirá en la segunda región menos representada a partir de 2022. Europa oriental sigue estando menos representada con un solo miembro. Por otro lado, la representación de la región africana aumentará del 33% al 44% a partir del próximo año. Recordamos que el artículo 8.1 de la Convención y la resolución 68/268[3] de la Asamblea General alientan a los Estados Partes a garantizar una distribución geográfica equitativa de los miembros del Comité. La situación de la discriminación racial es única en cada país y región, y la representación regional equilibrada entre los miembros es fundamental para el Comité como órgano de supervisión mundial.

Además, nuestras organizaciones están profundamente preocupadas porque este año se registró el menor número de nominaciones de candidatos por parte de los Estados Partes en los últimos 10 años[4]. Un proceso de elección verdaderamente competitivo es clave para promover la calidad, la independencia y la diversidad de la membresía del Comité. Animamos fuertemente a los Estados Partes a que contribuyan a un grupo numeroso y sólido de candidatos mediante la nominación de expertos en derechos humanos de alta moralidad que tengan reconocida competencia y experiencia en el ámbito cubierto por la Convención y que sean independientes, de conformidad con la resolución 68/268 de la Asamblea General. y artículo 8.1 de la Convención. Casi 100 Estados han recibido la recomendación del EPU de “[a] adoptar un proceso de selección abierto y basado en el mérito al seleccionar candidatos nacionales para las elecciones al Órgano de Tratado de la ONU”[5], y la mayoría apoyó esta recomendación. Además, el Secretario General de la ONU recomendó la creación de procesos nacionales de selección competitiva para la nominación de expertos al Comité y/u otros procesos de selección independientes[6]. Instamos a los Estados Partes a nominar candidatos mediante esos procesos para futuras elecciones.

En un esfuerzo por promover un proceso de elección del CERD transparente y basado en el mérito, nuestras tres organizaciones distribuyeron un cuestionario a todos los candidatos con respecto a sus antecedentes, experiencia relevante y visión de su trabajo futuro como miembros del Comité. Las respuestas recibidas luego se publicaron en un sitio web específico: www.untbelections.org, y se compartieron con los Estados partes dos meses antes de las elecciones para ayudarlos a conocer las calificaciones de los respectivos candidatos e informar sus decisiones.

Nuestras tres organizaciones mantienen su compromiso de contribuir a los esfuerzos para fortalecer el trabajo del CERD, el principal guardián de las normas internacionales de derechos humanos contra la discriminación racial. Ahora más que nunca, el CERD tiene un papel crucial que desempeñar para participar en los desarrollos normativos y llamar la atención a los Estados por sus fallas en eliminar los a menudo persistentes patrones de discriminación y violencia que afectan a las personas pertenecientes a comunidades racializadas, como las personas afrodescendientes, las minorías, personas discriminadas por motivos de casta o ascendencia, pueblos indígenas, apátridas, migrantes, incluidos refugiados y solicitantes de asilo.

Antecedentes:

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial está compuesto por 18 expertos independientes.

Los miembros son elegidos por un período de 4 años por los Estados Partes de entre sus nacionales, teniendo en cuenta la distribución geográfica equitativa y la representación de las diferentes formas de civilización, así como de los principales sistemas jurídicos, de conformidad con el artículo 8 de la ICERD.

Las elecciones se llevan a cabo cada 2 años en una reunión de los Estados Partes que se lleva a cabo en la sede de la ONU en Nueva York.

Los miembros recién elegidos comenzarán su mandato en enero de 2022 y sus mandatos expirarán en enero de 2026.

 1 Sra. Ali Al-Misnad (Qatar), Sr. Guisse (Senegal), Sra. Li (China), Sr. Rayess (Mauritania), Sr. Payandeh (Alemania), Sra. Shepherd (Jamaica), Sra. Stavrinaki (Grecia), Sra. Tlakula (Sudáfrica), Sr. Vega Luna (Perú)

2 https://imadr.org/joint-communique-cerd-election-2019/

3 https://undocs.org/A/RES/68/268

4 El número de candidatos propuestos desde 2011: 16 (3 retirados) en 2011; 17 (1 retirado) en 2013; 13 (1 retirado) en 2015; 16 (1 retirado) en 2017; y 16 (2 retirados) en 2019.

5 Albania, Argelia, Andorra, Angola, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Bahrein, Barbados, Belice, Benin, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, República Centroafricana, Chad, Chile, Costa Rica, Côte d’Ivoire, Croacia, Chipre, República Checa, Djibouti, Dominica, Ecuador, El Salvador, Etiopía, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Gabón, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea Bissau, Guyana, Honduras , India, Indonesia, Italia, Jamaica, Japón, Kuwait, Líbano, Lesoto, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Madagascar, Malawi, Maldivas, Malí, Malta, Islas Marshall, Mauritania, Mauricio, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nauru, Nepal, Nueva Zelanda, Macedonia del Norte, Noruega, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, República de Corea, República del Congo, Rumania, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marino, Senegal, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Tonga, Túnez, Tuvalu, Emiratos Árabes Unidos, Vanuatu.

6 A/74/643, párrafo 71

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